Corregir errores

Subsanar fallos en anteriores declaraciones o trámites

Todos podemos equivocarnos de vez en cuando, es algo muy humano. Cuando estos fallos se producen en una contabilidad, se denomina error contable. A partir de la información contable generamos las liquidaciones de nuestros impuestos, y de las liquidaciones salen los distintos pagos que efectuamos a las administraciones públicas. Un error contable es un acto u omisión no intencionado cometido por uno o más individuos que altera la información contenida en las cuentas anuales. Es importante recalcar la no intencionalidad del error, ya que si este fuera intencionado estaríamos hablando de una manipulación consciente de la información contable.

Errores de la empresa o el empresario

Los errores contables pueden producir distintos efectos en nuestras cuentas y en nuestro pago de impuestos, que podemos resumir en dos consecuencias principalmente: pagos por exceso y pagos menores a los que corresponden.

Pago de un menor impuesto del que corresponde
En el caso de pagar un menor impuesto al que correspondiera, este error puede ser encontrado por la propia empresa o el empresario o por las administraciones públicas. Si es descubierto por la administración, además del pago de la diferencia pendiente con recargos e intereses de demora se podría aplicar una multa o sanción. Si es descubierto por la empresa o el empresario se practicará una nueva liquidación, que podría ser extraordinaria (en el momento de descubrir el fallo, independientemente del periodo de liquidación del impuesto). Simplemente se recalcula la contabilidad como si no hubiera existido el fallo y se compara con lo que en realidad se ha pagado. La diferencia se ingresa en las administraciones y se podría tener que cargar un tipo de interés de demora dependiendo del tiempo que se ha tardado en descubrir el fallo (pero no se tendría que pagar multa o sanción al haber presentado una declaración voluntariamente).

Exceso de pago de impuestos
En ocasiones, estos errores producirán que paguemos más impuestos de los que nos corresponderían. La empresa o el empresario debe subsanar este error en sus cuentas y libros, ya que estos deben reflejar la imagen fiel de la empresa según la ley. Después puede solicitar la devolución de los importes pagados por exceso. La administración tiene diversas formas de devolución, desde ingreso en cuenta a reducción de las cuotas futuras a ingresar. Para solicitar la devolución se debe recalcular la contabilidad como si no se hubiera producido el error y realizar las liquidaciones de nuevo. Luego comparamos con las liquidaciones enviadas a la administración y realizaremos una declaración extraordinaria por esta diferencia.

Errores de la administración
En ocasiones la administración comete errores y éstos pueden ser a su favor o en nuestro favor. Si nos han cargado un importe inferior al que correspondería o falta el pago: la administración podría realizar el cargo pendiente en cualquier momento. Podemos utilizar teléfonos de contacto o página web para indicar a las administraciones el cargo pendiente en caso de necesitar presentar un justificante del pago. Hay que recordar que, si se trata de un recibo no domiciliado, por ejemplo, no recibir la carta de pago no exime del cumplimiento, como en el caso del IVTM (Permiso de Circulación o Viñeta, y si no pagamos en plazo tendremos que pagar con unos intereses de demora, en el mejor de los casos. Si nos han cargado un importe superior al correspondiente, podremos solicitar la devolución a la administración que realiza el cargo mediante los medios que la administración haya puesto a disposición del ciudadano. En general, esta devolución será mayor que el importe que estamos reclamando porque la administración cargará unos intereses de demora en función del tiempo que ha pasado desde el cargo erróneo hasta que sea aprueba la compensación.

Ejemplo

En este video se subsana un error en la declaración de la renta (IRPF) a través de la presentación de una declaración complementaria.